El contrato social es un acuerdo real o hipotético realizado en el
interior de un grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se
adquiere en un Estado
en relación a los derechos y deberes del estado y de sus ciudadanos. Se
parte de la idea de que todos los miembros del grupo están de acuerdo
por voluntad propia con el contrato social, en virtud de lo cual admiten
la existencia de una autoridad, de unas normas morales y leyes, a las
que se someten. El pacto social es una hipótesis explicativa de la
autoridad política y del orden social.
Rousseau:
El contrato social, publicado en 1762,
dibujó una versión diferente de la teoría contractual. La teoría de
Rousseau tiene muchos puntos en común con la tradición individualista de
Locke, aunque también se diferencia de aquella en muchos aspectos. El
postulado de Rousseau, que da nombre a esta teoría, emplea el lenguaje
jurídico propio de las relaciones privadas entre los hombres. Este
pensador, a partir de su observación de la sociedad, constituida en ese
entonces por masas sometidas al Rey, discurre acerca del vínculo que
existe entre el soberano y los súbditos. Descarta que el vínculo se
halle en la fuerza o la sumisión, sino que por el contrario, los hombres
voluntariamente renuncian a un estado de natural inocencia para
someterse a las reglas de la sociedad, a cambio de beneficios mayores
inherentes al intercambio social. Este consentimiento voluntario se
materializa a través de un contrato, "el contrato social" en este caso.
Raws:
John Rawls (1921-2002), en un influyente libro titulado Teoría de la justicia, propuso una teoría contractualista con reminiscencias kantianas según la cual, desde una hipotética posición original, y dejando a un lado sus capacidades y preferencias individuales, seres racionales situados bajo un velo de ignorancia se pondrían de acuerdo para establecer unos principios generales de la justicia.
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